Parece un contrasentido hablar de
PLENO EMPLEO en los tiempos que corren en España con infinidad de personas en
el paro, pero considerando la conveniencia de implantar estímulos empresariales con motivos de Covid
19 y sin dejar a nadie morir, no está loco quien lo plantea ni cuerdo el que, sin
continuar leyendo, lo rechaza. Sinteticemos conceptos y recordemos:
INGRESO MÍNIMO VITAL.- Importe implantado
por la Administración para que una persona evite ser indigente y/o mal vivir, a
fin de que pueda comer, vestir, cobijarse…
PARADO.- Toda persona que,
queriendo, no encuentra donde trabajar. La Administración ha de ayudar a
procurárselo e, incluso, en situaciones extremas, como las de ahora, a crearlo.
DINERO SOCIAL.- Medio de pago
(vales, dinero en especie, anotaciones en cuenta) que la Administración implantará,
sin recurrir a la Deuda, por un plazo
determinado, y retribuir a sus ocupados que lo canjeen por bienes en
establecimientos con los que mantenga acuerdos.
DEUDA PÚBLICA.- Obligación de la
Administración por el efectivo conseguido con anterioridad.
EL PLENO EMPLEO.- Es EL OBJETIVO.
No es un sueño como tampoco lo será el DESPIDO LIBRE y ha de ser una realidad, como
en su día lo fue la HUELGA.
Para el logro del PLENO EMPLEO,
la Administración local (como si de una
empresa o gestora se tratara) ocupará y controlará a los parados
conociendo y tramitando su situación al día. Estos se sentirán útiles y
cumplirán como cualquier trabajador para asegurarse una retribución digna para
vivir. La Administración y ellos (sus ocupados) fomentarán el desarrollo de
nuevas actividades y sociedades (cooperativas, compañías, asociaciones…). Estos
serán dirigidos a tareas adecuadas a sus cualidades, al cuidado de mayores, al
arreglo de campos y mares, a formarse, a leer la prensa, si es menester,... El
pase de ser un PARADO a estar OCUPADO y viceversa, no se demorará más de seis
días, para evitar la inactividad y que los salarios, aunque varíen, nunca pasen
a ser ninguno, sirviendo además para computar en su jubilación.
LA HUELGA.- Un medio extremo de
defensa del trabajador.
EL DESPIDO LIBRE.- Un medio
extremo de defensa del empresario.
SINDICATOS.- No será necesaria la
intervención sindical (obrera y patronal) para contratar o despedir: un único
contrato (modelo expedido por la Administración) será suficiente, pero si
intervendrá en los procesos de asesoramiento, vigilancia y denuncia ante
incumplimientos palpables, motivos de desamparo, causas inaceptables de cese,
abusos e información formal de las
diferentes cuestiones que se susciten. Darán lugar a sanciones, nuevas
iniciativas y demás ajustes. Todo un proceso para acabar con la lacra del
desempleo y que nadie tenga que mendigar para vivir. Que las empresas decidan
sus costes laborales, desaparezcan las incertidumbres, aplicando la Teoría de
los Números Primos para su regularización (de la que hablaremos en otro momento)
y no retribuyan salario alguno con dinero físico.
Una parcela de la Administración se
convertirá en el principal Mercado Laboral para regular sueldos, situaciones, deslocalizaciones,
temporadas y campañas de manera legal, en condiciones adecuadas, sin dinero
negro, ni explotación posible por ninguna de las partes.
Nada mejor que emplear
los impuestos en idear ocupaciones para quienes las necesitan.
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