Puede que no seamos conscientes
del gran legado que recibimos al nacer, igual que no lo somos de la inexorable
muerte que nos aguarda; si tal vez lo fuéramos, olvidaríamos las preocupaciones
interesadas que nos distancian y que a nada positivo nos conducen (ya que llegamos y nos iremos exentos de
equipaje) y colmaríamos la vida de contenidos significativos como el
conocimiento, la comprensión o el compromiso; pero agitar la conciencia es
inútil sin una revolución en la distribución del poder. Para ese cambio del que
vengo escribiendo en este blog (propugnando
la búsqueda para entendernos) considero que la herencia (activos no
conseguidos por el heredero con su esfuerzo y que no han de ser sino para una
comunidad que sume) es un pilar especial del Proyecto (PCO), asegurando que
teniendo lo imprescindible para vivir, los genes de nuestros padres son la
mejor fortuna; el cariño y la educación que nos den, la conducta a seguir;
desenvoltura nuestro esfuerzo y recibir algo más, un apego no necesario.
La herencia no es un instinto. Los
animales la desconocen y evitan que sus crías sean seres que no puedan valerse
por sí mismas y, salvo la genética que no se puede rechazar, es pura
institución humana como lo es la guerra o la esclavitud, aunque éstas fueran
creadas por algún noble motivo. Convendría examinar el origen y destino de las
cosas: su orden tiene mucha miga. (“Príncipe: lo que sois, lo sois por la
casualidad del nacimiento; pero lo que soy, lo soy por mí”. En el origen está
la culpa). Nada al hombre le debe ser regalado, antes al contrario, tiene que
construirlo e ingeniárselas a base de errores, tropiezos y esfuerzos. Lo
conseguido por herencia es producto de un derecho impuesto y ello es modificable: se han de encontrar fórmulas en
el reparto de esas riquezas. ¿De cuánto no se habrá beneficiado la iglesia con las herencias y
donaciones recibidas? ¿Cuántas herencias no serán tan bochornosas como la de
Fernando VII? El PCO cree sumamente
positivo en LA REGULACIÓN DE LA HERENCIA que: Extinguido el titular, su patrimonio corra la misma suerte; regenerando nueva
vida, nuevos derechos y establezca la norma por la que se considere al Estado
como el heredero universal. Los
beneficiarios testamentarios sólo sean personas físicas. La herencia quede limitada a una vivienda para cada uno de los
herederos, siempre que los mismos carezcan de ella. Los demás bienes y derechos matriculados pasen a ser propiedad del
Estado, liberándose las obligaciones que tuviere (desafectando los activos). Se trata de una pieza importante en la
construcción del puzle económico que todo condiciona (trabajo, consumo,
etcétera).Excepciones: Una. Durante cinco años, los derechos de
autor los percibirá el designado testamentariamente. Dos. Los valores mobiliarios de las entidades establecidas dentro del
Sistema, se retornarán a la propia sociedad emisora por el cincuenta por ciento
de su valor efectivo (cuyo desembolso pasará a engrosar las arcas públicas)
dando a conocer su finalidad. La fecha
de la muerte del testador servirá de referencia para determinar plazos y
valoraciones. La herencia es un
derecho que constriñe mantenerlo y no responde a ni ningún esfuerzo personal de
quien lo recibe, por ello debe ser usufructo y beneficio de la propia sociedad.
El Estado, las empresas y los herederos sin
vivienda propia, son los grandes
beneficiarios de esta medida. Es un espíritu más equitativo en la distribución
de la riqueza. Dará un amplio dinamismo a la actividad productiva, a la
rotación de los recursos, evitando su degradación o abandono, aumentando la
liquidez e ingresos del Estado sin sacrificios ni subidas generales de
impuestos. Y, por encima de todo, ayudará a crear una igualdad de
oportunidades, partiendo de una única línea de salida, sin la cual, las
desigualdades sociales son alentadoras de una estafa profunda ¡Dejemos que
compitan salvajemente las personas jurídicas! Allá ellas. No más competencia,
no más deslealtad ¡Hagamos que la vida
sea lo realmente sagrado!
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