viernes, 17 de julio de 2020

PLENO EMPLEO Y DESPIDO LIBRE


Parece un contrasentido hablar de PLENO EMPLEO en los tiempos que corren en España con infinidad de personas en el paro, pero considerando la conveniencia de implantar  estímulos empresariales con motivos de Covid 19 y sin dejar a nadie morir, no está loco quien lo plantea ni cuerdo el que, sin continuar leyendo, lo rechaza. Sinteticemos conceptos y recordemos:

INGRESO MÍNIMO VITAL.- Importe implantado por la Administración para que una persona evite ser indigente y/o mal vivir, a fin de que pueda comer, vestir, cobijarse…

PARADO.- Toda persona que, queriendo, no encuentra donde trabajar. La Administración ha de ayudar a procurárselo e, incluso, en situaciones extremas, como las de ahora, a crearlo.

DINERO SOCIAL.- Medio de pago (vales, dinero en especie, anotaciones en cuenta) que la Administración implantará,  sin recurrir a la Deuda, por un plazo determinado, y  retribuir a  sus ocupados que lo canjeen por bienes en establecimientos con los que mantenga acuerdos.

DEUDA PÚBLICA.- Obligación de la Administración por el efectivo conseguido con anterioridad.

EL PLENO EMPLEO.- Es EL OBJETIVO. No es un sueño como tampoco lo será el DESPIDO LIBRE y ha de ser una realidad, como en su día lo fue la HUELGA.

Para el logro del PLENO EMPLEO, la Administración local (como si de una  empresa o gestora se tratara) ocupará y controlará a los parados conociendo y tramitando su situación al día. Estos se sentirán útiles y cumplirán como cualquier trabajador para asegurarse una retribución digna para vivir. La Administración y ellos (sus ocupados) fomentarán el desarrollo de nuevas actividades y sociedades (cooperativas, compañías, asociaciones…). Estos serán dirigidos a tareas adecuadas a sus cualidades, al cuidado de mayores, al arreglo de campos y mares, a formarse, a leer la prensa, si es menester,... El pase de ser un PARADO a estar OCUPADO y viceversa, no se demorará más de seis días, para evitar la inactividad y que los salarios, aunque varíen, nunca pasen a ser ninguno, sirviendo además para computar en su jubilación.

LA HUELGA.- Un medio extremo de defensa del trabajador.

EL DESPIDO LIBRE.- Un medio extremo de defensa del empresario.

SINDICATOS.- No será necesaria la intervención sindical (obrera y patronal) para contratar o despedir: un único contrato (modelo expedido por la Administración) será suficiente, pero si intervendrá en los procesos de asesoramiento, vigilancia y denuncia ante incumplimientos palpables, motivos de desamparo, causas inaceptables de cese, abusos  e información formal de las diferentes cuestiones que se susciten. Darán lugar a sanciones, nuevas iniciativas y demás ajustes. Todo un proceso para acabar con la lacra del desempleo y que nadie tenga que mendigar para vivir. Que las empresas decidan sus costes laborales, desaparezcan las incertidumbres, aplicando la Teoría de los Números Primos para su regularización (de la que hablaremos en otro momento) y no retribuyan salario alguno con dinero físico.

Una parcela de la Administración se convertirá en el principal Mercado Laboral para regular sueldos, situaciones, deslocalizaciones, temporadas y campañas de manera legal, en condiciones adecuadas, sin dinero negro, ni explotación posible por ninguna de las partes. 

Nada mejor que emplear los impuestos en idear ocupaciones para quienes las necesitan.

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