jueves, 2 de diciembre de 2021

HAY QUE OCUPAR A LA GENTE SIN TRABAJO

Con la ocupación para todos, de la que escribimos, (véase entradas anteriores de este blog) el Estado, o quien designe, se convertirá en Empresa de trabajo o Agencia de colocación para que nadie se quedé sin empleo, diga adiós al desamparo y pueda vivir dignamente.

Si a nuestro hijo no le faltara trabajo para con él poder comer, nos sentiríamos más aliviados al no tener que preocuparnos de su porvenir, excepto ante un infortunio e imponderable que le pudiera surgir ajeno al trabajo, dado que nunca sería un indigente al no existir el paro. Tampoco necesitaría enchufe alguno para poder obtener un empleo con el que vivir. Después, su esfuerzo haría posible su desarrollo y escalar hasta donde se propusiera. La educación como padre se podría limitar a que fuera buena persona, honrado y cabal.

Si los costos (entre los que se halla el gasto laboral) y amortizaciones de las empresas fueran mayores que sus beneficios, estas abandonarían su actividad. El autónomo haría lo propio. El accionista no invertiría. El empleo no se daría. Premisas para entender que el interés por las ganancias es común, su obtención mutua y difícilmente conseguible sin la cooperación de unos y otros. Todos nos necesitamos.

El Estado debe ser árbitro imparcial, proteger y mantener un justo equilibrio. No obstante, a las personas jurídicas no se las puede, por la razón que sea, obligar a mantener empleado a nadie, pero sí a pagar el salario y el correspondiente devengo estipulado por despido. Deberá, pues, permitirse el despido libre. Entonces, a las personas físicas sin empleo (dispuestas y no impedidas) las ocupará en tareas propias de las administraciones, en darles formación, en las  campañas que surjan o  en aquellas que, aun en competencia con las ya establecidas, puedan crearse (cooperativas, sociedades, entes) olvidando el ánimo de lucro por los imprescindibles beneficios sociales que aporta la ocupación previsto en el justo equilibrio del que hablamos.

Bastará un solo contrato laboral en la seguridad de que la ocupación estará garantizada sin que ello suponga perdidas de derechos adquiridos del trabajador (antigüedad y otros) además del salario que le permita su sustento y cobijo, más una reserva para su pensión y la garantía para adquirir una vivienda.

Los convenios se encargarán de regular los importe mínimos del precio de la hora trabajada, el seguro médico, el plan de pensiones, el salario extra, la incentivación empresarial, los convenios, el aprendizaje, la conciliación familiar, las bajas y accidentes laborales, los salarios, los despidos y las rentas en general, vistos en este blog con la Teoría de los Números Primos, el reparto de beneficios, los impuestos, el tiempo libre, las formas de pagos, jornada, horarios, turnos, funciones y demás condiciones  que serán resueltas de  conformidad entre las partes, nunca perores a las del resto del sector.… La mediación de la Administración será en último extremo inapelable. Podrá, según las circunstancias, anular temporalmente los beneficios de huelga o despido libre de las partes e, incluso,  expropiar recursos para ser aprovechados, en su caso, considerando que el interés común prevalecerá sobre el privado.

El despido será un divorcio entre empresario y trabajador sin que ninguno de los dos tenga que salir perjudicado. Ante tal supuesto, intervendrá el Estado si no hay acuerdo de las partes. Examinará y actuará en consecuencia fiscalizando las decisiones tomadas. Lo normal es que el trabajador sea ocupado de inmediato por el Estado y la empresa continúe. Si existe dolo, la suerte no tiene por qué ser compartida. El Estado puede decidir quedarse con la empresa para mantener los puestos de trabajo, mientras se resuelve su viabilidad, unas indemnizaciones razonables, evitar un posible litigio y la desaparición de puestos de trabajo y empresas.

Las presentes ideas de reforma laboral están realizadas de la forma más objetiva posible, aun reconociendo lo arduo que esto resulta. Por tanto, propugno una consulta con  los diferentes puntos de vista que contemple la acción de las partes intervinientes. Llegar a un acuerdo será espinoso (las perspectivas de los que cobran cinco mil euros al mes y los que no  alcanzan la décima parte, en el mismo periodo, es bastante distinta), pero una vez acercadas las  posiciones el máximo posible, el Estado limará asperezas estableciendo las normas definitivas.

Hay dos clases de almas en las personas: las de los pobres y las de los ricos. La de los buenos y los malos. Los generosos y tacaños. Los conservadores y liberales. Los trabajadores y gandules. Unos y otros se oponen entre sí aunque sus objetivos sean los mismos y complementarios como en un matrimonio.

Finalizaré sentenciando que el Ejecutivo será culpable de no dar ocupación a la gente sin trabajo. La sociedad no tiene por qué confiar sus impuestos a un Gobierno que no los emplea en ello, permitiendo que haya gente obligada a delinquir o mendigar para poder comer como si fueran alimañas.

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