sábado, 18 de abril de 2020

RMV Renta Mínima Vital


El Gobierno de España pretende establecer una RMV (Renta Mínima Vital). ¡Bienvenida sea!

Este blog de CIUDADES OCUPACIONALES nació allá por el 2012 con el fin de dar a conocer ideas sobre la búsqueda de la felicidad mediante la igualdad de oportunidades, la democracia, el respeto…y el pleno empleo. Su nombre surgió debido a que toda fórmula  en pro de los ciudadanos, por ellos creada, ha de experimentarse en las ciudades que los mismos ocupan. Muchos son los folios escritos desde entonces aportando ilusión en aras al bienestar de la gente y ahora usaré un folio más haciéndome eco de la noticia arriba citada.

A principios del 2012, explicando  el PCO (Proyecto de Ciudades Ocupacionales) y la forma de actuar si acaeciese una pandemia, una catástrofe o una guerra, que se llevara al paro a cinco millones de los nuestros,  escribía que cada distrito de una gran ciudad, cada pueblo, aldea… debería habilitar un censo con las personas (individualmente) susceptibles de obtener una retribución o renta. Me refería a ellos como FUNCIONARIOS OCUPACIONALES U HONORARIOS y como SALARIO MÍNIMO DE SUBSISTENCIA a su sueldo. Animo a que lo lean. Y les asigné un jornal de 100 (en razón a una paga digna) para cubrir los siguientes cinco conceptos, con un 20% para cada uno de ellos: COBIJO – ALIMENTACIÓN Y VESTIDO – SALUD – EDUCACIÓN Y CULTURA -  SEGURIDAD Y JUSTICIA. Las pagas se realizarían en efectivo, siempre a través de una cuenta bancaria especial y personal, abierta al efecto, y/o en especie, lógicamente, con el bien del que se trate (precio del alquiler, de los alimentos o de lo que se sea). En teoría los tres últimos conceptos señalados, al gozar los españoles de una sanidad, una enseñanza  y una seguridad y justicia gratuitas, a todos nos son retribuidos en especie o como valor añadido.

Una renta básica que se ha de cuantificar sin considerar a priori las circunstancias en las que concurran los beneficiarios, (posteriormente se podrá ver cada perfil: individual, familiar, con más o menos hijos, y dónde ocuparles: empresas, servicios públicos y otras posibilidades) toda vez que no será la caridad si no la justicia social en la que se habrá de basar la R.M.B.

Hace años, cuando esto escribía, tales medidas iban encaminadas a conseguir el Pleno Empleo.

Hoy, como entonces, quiero resaltar algo previo y de considerable importancia. Todo cuanto se logra sin esfuerzo ni se aprecia ni se valora y la costumbre hace ley. Salvo mejor criterio, es razonable considerar dos cosas de suma importancia: Toda persona ha de sentirse SEGURA Y ÚTIL, y, sobre todo, si sufre precariedad extrema o difícilmente encuentra trabajo.

Lo primero es proporcionar un lugar donde alguien pueda refugiarse, independiente, libre, seguro. Algo esencial como una habitación, una casa, un sitio que solo ella (o quien ella decida) tenga acceso. Lo segundo es facilitar una ocupación con la que sentirse útil. Ha de saber que si cobra es porque sirve a la sociedad ocupado, realiza una obligación y su desempeño se valora.

Dos premisas a considerar, sin duda, que darán lugar a regular la mendicidad, la emigración, el desempleo, la prostitución y otros colectivos que desafortunadamente carecen de salidas.

La RMV se establecerá de forma indefinida, dinámica, revisable y sometida a controles permanentes de todo tipo. Habrá de regir tanto un criterio social como productivo. Armonizar la demanda de empleo con la movilidad geográfica, la temporalidad de las cosechas con la variación en las contrapartidas, la disposición y la especialidad.  Una RMV pensada además, para acabar con el paro y sometida a una ocupación obligada en la que no se regala nada.

Una semana, no más, alguien carente de ingresos, que no pueda trabajar o que se incorpore al paro, pasarán a ser (salvo que no lo desee)  Funcionarios Ocupacionales y  cobrarán la RMV (Renta Mínima Vital). Ello les obligará, como se ha dicho, a cumplir con la disciplina de todo trabajador (normas de asistencia, horarios y otras) a disposición del Ente administrativo local del que dependa. (Entes interrelacionados regulando flujos de ofertas y demandas laborales: Algo imprescindible para evitar abusos por parte de los contratados y/o de sus contratantes. No me extenderé más y, de ellos, escribiremos en otro momento).

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